Recurso de protección acogido
Corte Suprema ordena resolver en 60 días solicitud de nacionalización tras demora injustificada del Servicio Nacional de Migraciones
El máximo Tribunal confirmó que la omisión del Servicio, al no pronunciarse en más de un año y medio sobre la solicitud de nacionalización de una ciudadana boliviana, vulneró el derecho a la igualdad y el principio de celeridad administrativa.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel que acogió el recurso de protección interpuesto por una ciudadana boliviana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por omitir pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización.
La recurrente argumentó que, a pesar de haber presentado la solicitud de nacionalización el 4 de abril de 2023 con todos los documentos necesarios, no ha recibido respuesta alguna, lo que vulnera el principio de celeridad y el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880.
El Servicio solicitó el rechazo del recurso, señalando que la solicitud se encuentra en etapa de «Análisis» desde el 7 de marzo de 2024. Explicó que la nacionalización es una gracia concedida por mérito y que el plazo puede ser mayor a 6 meses por caso fortuito o fuerza mayor, como el aumento de flujos migratorios. Además, argumentó que la recurrente, al mantener residencia definitiva, no sufre perjuicio por la falta de pronunciamiento.
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