En fallo unánime.
CS acoge recurso de protección contra CNA por no admitir a trámite las apelaciones al rechazo de acreditación de tres carreras de la Universidad SEK.
Las leyes N°18.575 y N°19.880 consignan el principio de impugnabilidad de los actos administrativos.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección interpuesto en contra del Consejo Nacional de Acreditación (CNA), por no admitir a tramitación las apelaciones de las resoluciones que rechazaron la acreditación de tres carreras de la Universidad Internacional SEK.
El conflicto surge luego que la CNA resolviera rechazar las solicitudes de acreditación de tres carreras de la Universidad SEK. La actora interpuso recursos de apelación en contra de las resoluciones, los cuales no fueron admitidos a trámite, señalando la recurrida que la facultad de conocer recursos en contra de sus resoluciones fue derogada desde la publicación de la Ley N°21.091 en mayo de 2018.
La actora accionó de protección, acusando que el actuar del Consejo es ilegal y arbitrario, ya que la Ley N°21.091 se publicó con posterioridad a la suscripción del convenio de evaluación que celebró con la recurrida, por lo que rechazar admitir a trámite las apelaciones vulnera su derecho de igualdad ante la ley.
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