Diario Constitucional

En votación dividida.

CS declara admisible recurso de amparo contra Corte de Apelaciones de Temuco por decretar prisión preventiva contra ex carabinero condenado en el marco del “Caso Catrillanca”.

La acción de amparo es autónoma con relación a la resolución impugnada y no altera el sistema recursivo procesal penal.

Por Redacción·17 de febrero de 2021·2 min de lectura
No procede excluir las cotizaciones relativas al financiamiento del seguro de cesantía para determinar la aplicación de la nulidad del despido.
Referencial

La Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco que declaró inadmisible el recurso de amparo presentado por un ex carabinero en contra de una Ministra y un Abogado Integrante de la Corte de Temuco, por modificar la medida cautelar de arresto domiciliario parcial y decretar prisión preventiva en su contra.

El conflicto surge en enero de 2021, luego que un ex carabinero condenado en el marco del “Caso Catrillanca” a tres años y sesenta y dos días de libertad vigilada intensa, solicitara al Tribunal Oral en lo Penal de Angol la sustitución de la prisión preventiva que había sido decretada previamente en su contra. El tribunal modificó la medida cautelar por la de arresto domiciliario parcial de 12 horas y arraigo nacional. La Corte de Temuco revocó la resolución en alzada y mantuvo la prisión preventiva del amparado, al estimar que no han variado las circunstancias del proceso y que debe continuar la prisión preventiva en contra del actor.

La defensa accionó de amparo, alegando un actuar arbitrario por parte de los recurridos al decretar prisión preventiva en contra de una persona que no cumple con los requisitos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal y que se encuentra condenada a la pena de libertad vigilada intensa.

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