Ley 19.628.
CS acoge recurso de protección contra Ministerio Público y ordena eliminar del registro informático los datos personales del actor en su calidad de imputado y condenado en causa penal.
No existe norma legal que autorice la mantención indefinida de estos datos de investigación en el sistema informático, por lo que su conservación configura un acto ilegal y arbitrario.

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Rancagua, y acogió el recurso de protección deducido en contra del Ministerio Público, y le ordenó eliminar de su registro informático los datos personales del actor en su calidad de imputado en una causa penal.
En su libelo, el actor expuso que fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, y al cumplir la pena sustitutiva impuesta, en el año 2019 se dispuso la eliminación de sus antecedentes penales. Por ello, solicitó al Ministerio Público la eliminación de aquellos registros de sus sistemas informáticos, la cual no fue accedida.
Denuncia que el actuar de la recurrida infringe las garantías constitucionales de integridad física y psíquica, de igualdad ante la ley y el derecho a la honra; y solicita se ordene a la Fiscalía la eliminación de los antecedentes señalados.
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