Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS desestima recurso de protección contra Ministerio de Defensa por dictar término anticipado de su relación a contrata con una funcionaria.

La relación a contrata es de carácter temporal y la permanencia del empleo está entregada a la necesidad de la institución de contar con el servicio de los funcionarios y de sus recursos presupuestarios.

Por Redacción·19 de enero de 2021·1 min de lectura
CS declaró ilegal considerar los meses en que la relación laboral estuvo suspendida para el cálculo del subsidio maternal.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección contra el Ministerio de Defensa Nacional y la Subsecretaría de Defensa por dictar el término anticipado de la relación a contrata con una funcionaria.

El conflicto surge en marzo de 2019, luego que la Subsecretaría de Defensa comunicara a una funcionaria que trabajaba a contrata en la institución que modificaría su estructura orgánica y que su cargo sería suprimido, dictando en abril de 2020 el término anticipado de su contrata.

La funcionaria recurrió de protección, acusando que el acto de las recurridas es ilegal y arbitrario, ya que carece de fundamento y vulnera el principio de confianza legítima, lo que es contrario a su derecho de igualdad ante la ley.

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