Con una prevención.
CS acoge recurso de protección y ordena audiencia entre el Ministerio de Bienes Nacionales y comunidad indígena.
El órgano realizó actos de su competencia, pero ejerció parte de sus potestades al margen de las formas legales.

La Corte Suprema confirmó, con declaración, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió el recurso de protección interpuesto por una comunidad indígena de la Araucanía que buscaba dejar sin efecto actos administrativos realizados por el Ministerio de Bienes Nacionales y la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de la Araucanía, solo en cuanto dispuso la realización de audiencias previas a la dictación de actos administrativos invalidatorios.
La comunidad indígena presentó el recurso y solicitó la invalidación de una serie de actos administrativos que ponían término a concesiones de uso gratuito de corto plazo y a la postulación de transferencia gratuita de lotes ubicados en la comuna de Carahue, dentro de la región de la Araucanía.
Los recurrentes acusaron infracciones a la ley de procedimiento administrativo, a la ley que contiene normas sobre adquisición de tierras y colonización y a la ley de bases de la administración del Estado, lo que vulneraría las garantías de igualdad ante la ley, igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho de propiedad que les asegura la Constitución.
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