Se vulnera principio de legalidad.
CS acogió protección contra Ministerio de Bienes Nacionales por archivar expediente de regularización de pequeña propiedad raíz.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Sandoval, quien estuvo por confirmar la sentencia apelada en virtud de sus propios fundamentos.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido en contra del Ministerio de Bienes Nacionales, Oficina Provincial de Osorno, contra la decisión de dar término a la solicitud de saneamiento de título y ordenar el archivo del expediente de regularización de la pequeña propiedad raíz solicitado por el padre del recurrente, quien falleció́ en la etapa final de tramitación del procedimiento iniciado, conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N°2695 de 1979.
En su libelo, el recurrente indicó que su padre inició una solicitud de saneamiento de título de un terreno en el año 2008 falleciendo después de haber realizado los trámites de rigor y habiéndose efectuado la primera de las dos publicaciones requeridas. Añade, que no obstante el avanzado estado del requerimiento, la recurrida decide archivar el procedimiento por haber fallecido el solicitante.
Asimismo, expresó que tal decisión no se funda en causa legal alguna, por lo que es plenamente procedente que la solicitud de regularización continúe su tramitación de acuerdo a las normas contenidas en el Decreto Ley aludido y su Reglamento.
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