Derecho de propiedad.
CS confirma sentencia que acoge recurso de protección en contra de una constructora por la destrucción de muro medianero e ingreso a propiedad del actor sin autorización.
Al acreditarse los trabajos de construcción y la consecuencia de la destrucción del muro, se puede concluir que ésta se produjo por tales obras, por lo que corresponde su reparación.

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Valdivia, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra de una constructora, debido a la destrucción de un muro medianero y el ingreso a la propiedad del actor sin su autorización.
En su libelo, el recurrente refiere que la constructora ha ejecutado obras en el inmueble conlidante al de su propiedad, el cual arrienda, las que han causado la destrucción de aquel muro, además de ingresar a su inmueble sin autorización.
Alega que el actuar de la recurrida vulnera la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 Nº24 de la Constitución y solicita se ordene adoptar las medidas de resguardo para garantizar su derecho de propiedad, cesando la ocupación del terreno y restableciendo el cerco medianero.
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