Con voto en contra.
CS confirma sentencia que acogió protección en contra de Banco Estado frente a su negativa a restituir fondos a cuentacorrentista que denunció un fraude en su cuenta que terminó con la transferencia de sus ahorros a otra cuenta bancaria.
Corte de Santiago estimó que banco es responsable bajo la figura del depósito de cosa fungible.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió protección deducida por cuentacorrentista en contra de la negativa de Banco Estado a restituir sus fondos producto de una transferencia que ella no realizó, hacia la cuenta bancaria de otra persona.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que, como afirma la recurrente, la sustracción de sus fondos habría ocurrido al momento en que ella se encontraba utilizando la plataforma de acceso a sus productos bancarios, en circunstancias bajo las cuales la pantalla de su computador se bloqueó y que sólo después de reiniciarlo tomó conocimiento de que se había realizado una transferencia no autorizada por ella hacia la cuenta de otra persona.
El fallo de la Corte de Santiago agrega en primer lugar que, no puede acogerse la excepción de extemporaneidad que aduce la entidad bancaria, pues la fecha que debe considerarse para contar el plazo al que alude el artículo 20 de la Constitución Política de la República es a partir de la negativa del recurrido a reversar los fondos sustraídos irregularmente a la actora, pues la misma anteriormente mantuvo la expectativa de que se encontrase una solución a su problema por parte del banco.
Te puede interesar

Por unanimidad.
CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Ministerio del Interior y Seguridad Pública por presunta investigación a Partido Comunes.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de Carabineros frente a filtración de informes de seguimiento a dirigentes de la mesa de unidad social.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección en contra de Corporación de Desarrollo Municipal de Antofagasta por no pago de licencias médicas a profesora que terminó su contrata previamente.

