En fallo dividido.
CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección deducida contra magistrado del Segundo Juzgado de Familia que no hizo lugar a petición de abuelos de menor a quienes se les ha negado mantener un régimen de relación directa y regular.
Recurrente estimó vulneradas las garantías del derecho a la igualdad, e integridad física y psíquica.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible protección deducida por padre de menor en favor de éste y de sus hermanos en contra de la Jueza del Segundo Tribunal de Familia de Santiago, por su negativa a otorgar un régimen de relación directa y regular entre los recurrentes.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, los hechos descritos en la presentación de folio 1 ya están siendo conocidos por un Tribunal, ante el cual se podrán hacer las alegaciones pertinentes y deducir los recursos que procedan.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago. La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro señor Muñoz y del Ministro Suplente señor Zepeda, quienes fueron del parecer de declarar admisible el recurso de que se trata y darle la tramitación correspondiente.
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