Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de San Felipe y del SERVIU por la implementación del Plan Maestro de Gestión de Tránsito en la comuna.
El municipio solo ejerció las atribuciones contempladas en la normativa pertinente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó la acción deducida y resolvió que el actuar de los recurridos no es arbitrario ni ilegal, toda vez que se han limitado a actuar dentro del ejercicio de sus facultades.
En su libelo los actores sostuvieron que los informes de análisis y desarrollo para la elaboración de los planes maestros de gestión de tránsito de San Felipe no contemplan entre sus propuestas el cambio en el sentido del tránsito de las calles. Agregan que la comunidad de vecinos siempre se resistió al inicio de las obras, especialmente a los trabajos de construcción de ciclovías urbanas. Estiman que el trabajo improvisado y descoordinado de los recurrentes perjudican a la comunidad pues no se consideró la alta concentración peatonal en diferentes sectores céntricos de la ciudad, lo que trae aparejado riesgo para sus habitantes y estudiantes.
La I. Municipalidad de San Felipe evacúo su informe señalando que el Plan de Gestión de Tránsito fue ejecutado conforme al análisis técnico del sistema de transporte urbano. Agrega que el informe se realizó en coordinación con el Ministerio de Transportes, contando en todo momento con la aprobación de los habitantes del sector, quienes incluso participaron activamente de la campaña de implementación y difusión del proyecto.
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