Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó amparo deducido por interno en contra de Centro de Educación y Trabajo de Cañete por denegarle beneficio de salida dominical.
Corte de Concepción estimó que no existe un acto ilegal o arbitrario que tutelar por esta vía de cautela.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó amparo deducido por interno en contra del Centro de Educación y Trabajo de Cañete, a cargo de Gendarmería de Chile frente a la negativa a concederle el beneficio de salida dominical.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción indicó que, de los antecedentes que obran en la causa, es posible advertir que el amparado se encuentra cumpliendo condena por los delitos de robo con intimidación y a dos delitos de tenencia ilegal de armas.
Agrega la decisión de la Corte de Concepción que, según lo indicado en estrados y por lo informado por parte de la recurrente en sus alegatos, es que la pretensión original de la parte recurrente es corregir el cálculo mediante el cual se le excluyó al amparado de optar a tal beneficio, reconociendo su defensa que el actor no reúne los requisitos para acceder a la salida dominical.
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