No se verifica ilegalidad ni arbitrariedad.
CS confirma sentencia y rechaza protección deducida contra Municipalidad por provisión de cargo vía ascenso.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada –en todas sus partes- por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra de la Municipalidad de Tirúa, del Alcalde y en contra del Concejo Municipal de la misma.
El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales contempladas en los numerales 1, 2, 16, 17, 21, 22 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Al efecto, calificó –en síntesis- de ilegal o arbitraria la actuación de las recurridas consistente en la no aplicación de la ley 20.742 y los dictámenes n°41047/2014 y 86418/2014, ambos de la Contraloría General de la República, al desconocer que el cargo de administración y finanzas de la Municipalidad de Tirúa fuera proveído mediante ascenso; además de la existencia de errores en los llamados a concurso público para proveer el cargo de Director de Administración y Finanzas y Control de la misma Municipalidad, que dicen relación con las bases administrativas del referido concurso; y finalmente, con la existencia de malos tratos y discriminación en contra del recurrente.
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