Diario Constitucional

De manera unánime

CS confirmó fallo que rechazó acción de protección deducida en contra de Receptor ad-hoc y Carabineros de Puqueldon por llevar a cabo lanzamiento sin orden judicial.

Tanto el receptor judicial recurrido como la institución policial que prestó el auxilio de la fuerza pública, se limitaron al cumplimiento de una orden judicial legalmente obtenida.

Por Redacción·15 de julio de 2020·2 min de lectura
CS confirmó fallo que rechazó acción de protección deducida en contra de Receptor ad-hoc y Carabineros de Puqueldon por llevar a cabo lanzamiento sin orden judicial.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que rechazó la acción de protección interpuesta en contra de un Receptor Judicial que desalojó a recurrente con auxilio de la fuerza pública sin portar orden judicial.

El recurrente expuso en su libelo que ocupaba una casa habitación construida en un terreno propiedad de su padre. Agrega, que sin mediar orden judicial, los recurridos procedieron a lanzarlo de dicho lugar. Reconoce que en el sector existía un proceso de reivindicación, sin embargo, alega que el proceso judicial fue conducido contra un tercero no siendo oponible al actor.

Por su parte, el Receptor Judicial recurrido informó que el lanzamiento fue materializado previa orden del Juzgado de Letras de Castro, entidad que ordenó el lanzamiento de la demandada y de todo ocupante del terreno objeto del juicio. Asimismo, agregó que el recurrente compareció en diversas oportunidades en el proceso judicial, oponiéndose al lanzamiento como tercero y solicitando la nulidad de todo lo obrado, lo que fue desestimado por el Tribunal y confirmado por el Tribunal de alzada.

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