Diario Constitucional

Con dos votos en contra.

Se descartó ilegalidad de resolución exenta que puso término a «contrata» de académico en Universidad.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 16 y 24.

Por Redacción·24 de junio de 2020·2 min de lectura
Se descartó ilegalidad de resolución exenta que puso término a «contrata» de académico en Universidad.
Referencial

Con dos votos en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta y rechazó un recurso de protección deducido por un académico en contra de la Universidad de Antofagasta por la no renovación de su “contrata” para el año 2020.

En el escrito se señala haber recurrido de acción de protección en la contra de la Universidad de Antofagasta, por haber dictado la Resolución Exenta N° 4.024, que dispuso la no renovación de su “contrata” para el año 2020, a pesar de haber trabajado por más de nueve años para la recurrida.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 16 y 24.

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