Violencia contra la mujer.
CS confirmó resolución que declaró inadmisible recurso de protección de agrupaciones feministas en contra de un concejal de Til Til, que según afirman llamó a la violencia contra la mujer.
Las reclamantes pueden gestionar ante la misma plataforma digital la eliminación de aquellas publicaciones.

La Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por distintas agrupaciones feministas en contra del concejal electo de Til Til, Camilo Para, por haber hecho un llamado explícito y público a la comunidad a cometer femicidios y golpear a las mujeres.
En su libelo, refieren que los dichos del concejal se dieron a conocer por un video difundido en redes sociales, en el cual indicaba el hastío que le generaba la tranquilidad de la localidad, por lo cual incitaba a la violencia intrafamiliar, e incluso al femicidio, en forma expresa.
Sobre ello, destacan el fenómeno “efecto imitación”, cuya hipótesis consiste en que los agresores de mujeres al estar expuestos a información mediática que banaliza los hechos de violencia de género, éstos tienden a identificar aquella conducta como un comportamiento posible a realizar. En ese sentido, aún cuando el recurrido haga una alusión general y a causa del “aburrimiento” de la comuna, producto de este fenómeno, sus dichos ponen en riesgo la vida e integridad de mujeres y niñas.
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