Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió parcialmente protección deducido por estudiante contra MINEDUC e Instituto Profesional por revocar beca para extranjeros.
La Corte de Antofagasta determinó que, el actuar de la recurrida, Instituto Profesional AIEP, es arbitrario.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta que acogió parcialmente un recurso de protección deducido por una estudiante en contra del Ministerio de Educación y del Instituto Profesional AIEP S.A. por la revocación de la beca Juan Gomez Millas para extranjeros.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Ministerio de Educación (MINEDUC) y del Instituto Profesional AIEP S.A. por la revocación de la beca Juan Gomez Millas para extranjeros ya que, según el Mineduc en la Ley de Presupuesto 2019 para acceder a los cupos de estudiantes extranjeros en la Beca es necesario haber cursado al menos un año de Enseñanza Media en el país y el Instituto Profesional le informó a la recurrente que debía pagar $1.150.000 pesos correspondiente al monto que el Mineduc se negó a cubrir.
La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3, 4 y 24.
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