Diario Constitucional

Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección deducida por Club Deportivo en contra de Asociación de Futbol por sancionar a jugadores sin tener facultades para ello

La Corte de Apelaciones de Copiapó indicó que, el procedimiento en que se sancionó a la parte recurrente, fue del todo irregular y contrario a derecho.

Por Redacción·29 de febrero de 2020·2 min de lectura
Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección deducida por Club Deportivo en contra de Asociación de Futbol por sancionar a jugadores sin tener facultades para ello
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En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó que acogió la acción de protección deducida por el Club Deportivo Placilla Morales en contra de Asociación de Futbol Viejos Crack Copiapó por sancionar sin tener facultades para ello a jugadores del equipo recurrente.

En su escrito, señalaron haber recurrido de protección en contra de la Asociación de Futbol Viejos Crack Copiapó, ya que en el transcurso de un partido de futbol en contra del equipo Pintores de Chile, se produjo una pelea con participación de las barras por lo que la Asociación decidió sancionar a los jugadores del equipo recurrente, sanción que no obedeció a un procedimiento legalmente tramitado.

El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 numerales 3 y 4 de la Constitución Política de la República.

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