En forma unánime.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra CONICYT por disponer restitución de dineros entregados a un becario.
Los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por un abogado contra la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), por disponer que debe restituir la suma de 4.178 dólares por un supuesto pago en exceso en que habría incurrido el Programa Formación de Capital Humano Avanzado en el marco del Concurso de Becas de Magister en el Extranjero de Becas Chile, convocatoria 2012, por concepto de manutención de los meses septiembre y octubre de 2013.
En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que “los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que aquellos deben ser discutidos y probados en un procedimiento judicial de lato conocimiento, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección”. Por tanto, declaró inadmisible el recurso deducido.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.
Te puede interesar

Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acoge protección contra Municipalidad de Chillán por decretar clausura de un Colegio por no pago de patentes.

En forma unánime.
Corte de Arica acogió protección y ordena reintegro inmediato de funcionaria despedida ilegalmente de Subsecretaría de Desarrollo Regional.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por vecino contra administración de edificio por aumento de gastos comunes.

