Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por particular contra Municipalidad por negativa de Dirección de Transito a entregarle licencia de conducir.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 16 y 24 de la Constitución.

Por Redacción·20 de junio de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por particular contra Municipalidad por negativa de Dirección de Transito a entregarle licencia de conducir.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por un particular en contra de la Municipalidad de Valparaíso por la negativa de la Dirección de Tránsito de la recurrida a entregar materialmente al recurrente su licencia de conducir.

Dicha actuación se debe a que el recurrente rindió y aprobó los exámenes Teórico, Sicométrico, Médico y Práctico sin que hayan transcurrido el plazo de seis meses establecido en el artículo 16 de la ley de tránsito.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 16 y 24 de la Constitución.

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