Con voto en contra.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por Premio Nacional de Medicina 2018 en contra del Tribunal Nacional de Ética del Colegio Médico de Chile.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Sandoval, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso y darle la tramitación correspondiente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó la acción de protección deducida por médico ganador del Premio Nacional de Medicina, Otto Dörr Zegers, en contra el Tribunal Nacional de Ética del Colegio Médico de Chile por declarar admisible ocho denuncias en su contra.
El recurrente estimó infringidos el derecho a un debido proceso y la igualdad ante la ley. En cuanto al debido proceso, señala que la resolución infringe el derecho a un juez imparcial, por cuanto al haber emitido un pronunciamiento acerca de la gravedad de los hechos denunciados en esta resolución, dejó de ser imparcial para conocer de las denuncias.
Asimismo, agrega que el Tribunal Nacional al irrogarse una competencia de la cual carece según su propio reglamento, está actuando como una comisión especial formada para juzgar y sancionar sólo los hechos denunciados en su contra. En segundo lugar, sostiene que se encuentra en una posición desigual respecto de los demás miembros del colegio médico, toda vez que se ve enfrentado a un tribunal parcial, esto porque ya se ha pronunciado sobre la gravedad de los hechos, sin embargo, no existe posibilidad de recurrir frente a sus resoluciones ya que las dicta en única instancia; y a un procedimiento que no cumple con las exigencias mínimas de un procedimiento racional y justo.
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