Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección en contra de la Dirección Regional del Maule del Servicio de Impuestos Internos que fue deducida por contribuyente que denunció negativa a revisar rectificación de declaración tributaria.

Corte de Chillán señaló que las alegaciones presentadas por la actora deben ser ventiladas en otra sede jurisdiccional.

Por Redacción·27 de abril de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección en contra de la Dirección Regional del Maule del Servicio de Impuestos Internos que fue deducida por contribuyente que denunció negativa a revisar rectificación de declaración tributaria.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que declaró inadmisible protección deducida por sociedad en contra de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, frente a su negativa a revisar la rectificación de la declaración tributaria que habría presentado la actora.

El recurrente señala en su presentación, que la dirección regional no acogió la “Solicitud de reposición administrativa voluntaria, que establece el artículo 123 bis y 124 del Código Tributario y que por ello se privó a la Sociedad contribuyente del derecho a defensa que se indica en el artículo en el mismo cuerpo normativo.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán señaló que, e, no aparecen del libelo hecho susceptibles de ser calificados como vulneración de garantías propias de este recurso el que tiene el carácter de extraordinario, sino que más bien, se trata de alegaciones de carácter tributario, las que deben hacerse valer en la sede que corresponda y sin perjuicio de otros derechos que le asisten al actor.

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