Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que ordena a Banco restituir dinero sustraído mediante fraude.
Además debe restituir intereses corrientes fijados para operaciones de dinero no reajustables, más los gastos e intereses o gravámenes que se hubiesen cobrado por el giro o transferencia de estas sumas.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que acogió, con costas, el recurso de protección interpuesto por un cuenta correntista en contra del Banco Scotiabank y le ordena restituir $45.136.865, entre otros conceptos, suma que le fue sustraída de su cuenta corriente, a través de la página web oficial de la entidad financiera.
De las presentaciones efectuadas por las partes, señala la Corte de Antofagasta, se desprende que el objeto de la acción deducida es determinar la existencia de un acto ilegal o arbitrario de la institución bancaria recurrida, consistente en negarse a hacer devolución de los montos sustraídos mediante fraude.
Añade el fallo, que de los antecedentes expuestos se desprende que existieron transacciones en las cuentas del recurrente, efectuadas por desconocidos mediante la utilización de ingeniería social y/o compromiso por malware del dispositivo del cliente, obteniendo así sus credenciales y claves de acceso, logrando suplantar su identidad, mediante la modalidad de “phishing”. Además, se efectuó la reclamación correspondiente y el consecuente bloqueo de tarjetas, que dio inicio a la investigación.
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