Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducida en contra de Juez de Garantía de Talca que no acogió a tramitación amparo del Código Procesal Penal frente a traslado de condenado a centro penitenciario por parte de Gendarmería.

Corte estimó que no procede acción de amparo frente a una privación legal de libertad.

Por Redacción·13 de diciembre de 2019·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducida en contra de Juez de Garantía de Talca que no acogió a tramitación amparo del Código Procesal Penal frente a traslado de condenado a centro penitenciario por parte de Gendarmería.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó amparo deducido en favor de condenado, frente a la decisión del Juez de Garantía de la misma ciudad de no acoger a tramitación amparo contemplado en el Código Procesal Penal frente al traslado de interno.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que el amparado, se encuentra cumpliendo condena en un centro penitenciario en la ciudad de Rancagua y que Gendarmería pretende su traslado a un centro diverso. Por lo anterior, la recurrente procedió a interponer un amparo ante el Juez de Garantía de Talca, quien no lo acogió a tramitación.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Talca señaló que, de los antecedentes que obra en la causa se desprende que el recurrente ha sido privado de su libertad por una sentencia ejecutoriada en materia penal, por lo que no se hace posible la interposición de una acción constitucional de amparo como la intentada en autos, por lo que debe descartarse sin perjuicio de otros derechos que le asisten a la defensa del actor.

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