En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por alumno de Ingeniería en contra de una Universidad que negó posibilidad de rendir nuevamente examen de grado por haber transcurrido 6 años desde su egreso.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducida por alumno de Ingeniería en contra de Universidad Autónoma por negarle la posibilidad de rendir nuevamente el examen de grado por haber transcurrido 6 años desde su egreso.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.
Cabe recordar que la sentencia de la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que se establece dentro de la normativa interna de la institución educacional, la necesidad de haber rendido dichos trabajos de título para acceder a la salida intermedia de pre-titulación como ingeniero en ejecución en administración, circunstancia que no permite atribuirle a la negativa de la Universidad el carácter de ilegal y arbitraria que el recurrente pretende.
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