Por unanimidad.
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducido por médico contra del oficio del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio que rechazó imputación del tiempo para etapa de destinación y formación del programa de especialización
La Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó en su sentencia que, el acto impugnado no es arbitrario ni ilegal.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó un recurso de protección deducido por un médico en contra del oficio del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio que rechazó la solicitud de imputación del tiempo para etapa de destinación y formación del programa de especialización.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Oficio Ordinario N° 2093 dictado por el Director Subrogante del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio, de fecha 25 de septiembre de 2019, que se rechazó la solicitud del recurrente de que se impute el 50% del tiempo en que el recurrente tuvo la calidad de médico en la etapa de destinación y formación previo a la formación, para su periodo asistencial obligatorio del programa de especialización.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 16.
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