Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por periodista contra Carabineros por supuesto monitoreo selectivo.

El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 y 24.

Por Redacción·09 de abril de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por periodista contra Carabineros por supuesto monitoreo selectivo.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Talca que rechazó un recurso de protección deducido por un periodista en contra de Carabineros de Chile por un supuesto monitoreo selectivo.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección de contra de Carabineros por ser supuestamente víctima de un monitoreo selectivo por parte de funcionarios de la institución recurrida en el marco de una actividad realizada en el Gimnasio Municipal de Teno, a la que asistió el Ministro de Medio Ambiente y el Intendente de la Región del Maule.

El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 y 24.

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