Por unanimidad.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por Soldado Tropa Profesional contra Dirección General del Personal de la Armada por dictación de resolución que dispuso su retiro absoluto de la Institución.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 3, 16 y 24 de la Constitución Política de la República.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valparaíso que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por un Soldado Tropa Profesional en contra de la Dirección General del Personal de la Armada de Chile por la dictación de la resolución que dispuso su retiro absoluto de la Institución.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 3, 16 y 24 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Valparaíso indicó en síntesis que, atendido el mérito de los antecedentes, estimó la Corte que a través de la acción el recurrente aspiró a obtener la declaración de un derecho y no al restablecimiento del derecho frente a afectaciones de garantías indubitadas, lo que excedió de los fines de este arbitrio y, a mayor abundamiento, no se esgrimió razones de urgencia que justifiquen el ejercicio de la vía cautelar y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto.
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