Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Sindicato contra Compañía Minera por no autorizar actividad en faena.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2, 6 y 19.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Iquique que rechazó un recurso de protección deducido por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Minera Collahuasi en contra de la Compañía Minera “Doña Inés de Collahuasi” por la negativa a realizar una actividad en la faena.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Compañía Minera “Doña Inés de Collahuasi” por la negativa entregada al Presidente del Sindicato, de coordinar para los días 14 y 21 de diciembre del año 2019, la subida a la faena de expertos en temas laborales, sociales y legales, a fin de abordar temas de contingencia y de interés de la organización sindical.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2, 6 y 19.
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