Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acogió protección deducido por particular contra Banco para que elimine de registros de morosos una deuda informada por el recurrido.
La Corte Suprema señaló que, la actuación del recurrido vulneró las garantías constitucionales consagradas en los números 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental de la recurrente.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Rancagua y acogió un recurso de protección deducido por una particular en contra del Banco Scotiabank para que se elimine de registros de morosos, una deuda que fue informada por el recurrido.
En el escrito se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco Scotiabank Chile S.A. que elimine de la Cámara de Comercio, Sinacofi S.A., Dicom Equifax S.A., Sissa S.A. y CMF, la deuda que informó el recurrido, porque ésta fue declarada prescrita por sentencia judicial de 21 de diciembre de 2018 emanada del 21° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del artículo 19 numeral 4.
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