En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección interpuesta por estudiantes de medicina contra Universidad por irregularidades en la normativa interna del establecimiento educacional.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del debido proceso y su derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Talca que rechazó la acción de protección deducida por estudiantes de la carrera de medicina contra la Universidad Autónoma, por irregularidades en relación con la normativa interna de la Universidad.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del debido proceso y su derecho de propiedad, toda vez que sostienen que se vulneraron los reglamentos de la universidad y de la carrera, además de su derecho a defensa, ya que nunca se les concedió una reunión oficial con el equipo de gestión; falta de imparcialidad al regular las evaluaciones, omitiendo información básica a su respecto; falta de proporcionalidad en la solución, y desconocimiento lo dispuesto en los reglamentos. Asimismo, ven amenazado su derecho de propiedad, pues no han podido acceder a una formación universitaria de pregrado íntegra y oportuna.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Talca indicó en su oportunidad que es del caso tener en consideración que el letrado de los recurrentes admitió en estrados que los hechos objeto de la presente acción constitucional fueron solucionados por la recurrida, circunstancia que le resta oportunidad a aquélla.
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