Diario Constitucional

Descarta ilegalidad y arbitrariedad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección por exigencias impuestas con ocasión de subdivisión de predios rústicos.

Condenó en costas al recurrente.

Por Redacción·26 de agosto de 2020·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó protección por exigencias impuestas con ocasión de subdivisión de predios rústicos.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Talca y rechazó un recurso de protección deducido por un particular en contra del Jefe Sectorial del Servicio Agrícola y Ganadero de la Provincia de Linares y del Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, por la dictación de una resolución que le ordena al recurrente aclarar la superficie que presenta su predio en el contexto de una petición que este formuló para subdividirlo.

Este sostuvo que la exigencia de rectificar la cabida del predio por vía judicial constituye un acto arbitrario e ilegal, que vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y derecho de propiedad, consagradas en el artículo 19 numerales 2, 3 y 24 de la Constitución.

La Corte de Talca rechazo la acción cautelar, para lo cual deja establecido que el acto ilegal y arbitrario es la observación hecha por la recurrida respecto de la petición del recurrente para autorizar la venta de parte de su predio rural, materia que no guarda relación con un acto terminal de la Administración Pública, sino que está referido a un trámite previo y no a uno decisorio sobre la petición del demandante de protección.

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