En fallo unánime.
CS confirmó sentencia y acogió protección contra Banco por negar a recurrente realizar retiro de fondos.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, el actuar del Banco recurrido excedió las facultades que le confirió la ley dentro del contrato de depósito y que su actuar resultó arbitrario.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso que rechazó la acción de protección deducida en contra del Banco Itaú Corpbanca S.A. por negar a recurrente realizar retiro de fondos.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco Itaú Corpbanca S.A. ya que, la recurrida le negó al gerente general de la recurrente efectuar un retiro de fondos, aduciendo la existencia de una Garantía, que impedía la entrega de dichos fondos. En vista de que la cuenta de la recurrente fue traspasada al departamento de Normalización Pyme y Empresas Minoristas de la recurrida, por una supuesta cobranza hace más de un año.
La recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.
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