Con prevención y voto en contra.
CS rechazó protección contra Dicom Equifax S.A. por publicación de deuda inexistente.
La decisión fue adoptada con la prevención del Ministro Muñoz y con el voto en contra del Ministro Prado.

La Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por Servicios Aéreos Andes Austral SPA contra Dicom Equifax S.A. por la publicación de una deuda que no existe, confirmando de este modo la sentencia de la Corte de Santiago.
El recurrente estimó haberse vulnerado el derecho de propiedad.
En su sentencia, el máximo tribunal indicó que es posible desprender de la historia fidedigna de la ley N° 19.628, que dicho cuerpo legal se encuentra orientado a la protección de datos personales, entendiendo la noción “personal” como perteneciente o relativa a la persona natural. Así, de modo alguno resulta aplicable a la recurrente, en su condición de persona jurídica, la normativa en que se sustenta el recurso intentado en autos.
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