Ruidos molestos.
CS revoca fallo y acoge acción de protección deducida en contra de empresa de distribución de gas por la emisión de olores y ruidos molestos.
El establecimiento denunciado no cumple con la normativa ambiental vigente. El ruido generado alcanza los 66 decibeles superando el umbral de 60 decibeles establecido en el D.S. 38 de 2011.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y acogió la acción deducida en contra de empresa distribuidora de gas por la emisión de malos olores y ruidos molestos.
En su libelo, la recurrente explicó que su propiedad se ubica al costado de un establecimiento de expendio de gas licuado en cilindros, el cual provoca molestias a los vecinos, pues genera de forma constante un desagradable olor a gas y fuertes ruidos por la carga y descarga de los cilindros en los camiones. Agrega que ha presentado múltiples reclamos administrativos ante la SEC y la Municipalidad de la Cruz, sin embargo, no ha obtenido una respuesta favorable.
Al evacuar su el informe, la SEC señaló que fiscalizó las instalaciones del establecimiento denunciado, verificando que cumple con los requisitos reglamentarios para su inscripción. Hizo presente además que atendió cada uno de los reclamos interpuestos por los vecinos del sector, por ello, niega que exista una acción u omisión arbitraria o ilegal imputable al Órgano Fiscalizador.
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