En votación dividida.
CS revoca sentencia de Corte de Valdivia dictada en sede de un recurso de protección y ordena que estudiante universitario expulsado tras condena debe ser reintegrado a carrera universitaria.
“Una política criminal encaminada a la reinserción social, en la que especialmente existe preocupación por los jóvenes y primerizos”

Un estudiante de la carrera de Tecnología Médica de la Universidad Austral de Chile fue expulsado de esa casa de estudios en aplicación de una disposición reglamentaria que autoriza la separación del plantel en caso que el alumno sea condenado como autor, cómplice o encubridor de algún delito.
El recurrente de protección había sido condenado a la pena de 61 días de presidio por un Tribunal Oral en lo Penal y a 40 días de presidio por un Juzgado de Garantía.
La Corte Suprema resolvió acoger la acción constitucional deducida, razonando que “tal obrar es arbitrario, carente de razón por irreflexivo”, contrario a “una política criminal encaminada a la reinserción social, en la que especialmente existe preocupación por los jóvenes y primerizos”, tanto más, agrega el fallo, si “existen variadas instituciones alternativas al cumplimiento efectivo de las penas de encierro, y la experiencia indica que estos programas son exitosos en la medida que los sentenciados dispongan de posibilidades que los sustraigan de contactos criminógenos, entre ellos ciertamente la educación superior que los habilita para alcanzar autonomías”.
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