Diario Constitucional

Con disidencia.

CS revocó sentencia y acoge protección contra compañía de seguros por no indemnizar a una asegurada gastos a causa del diagnóstico de hernia del núcleo pulposo.

La decisión fue adoptada con el voto en contra de la Ministra Sandoval.

Por Redacción·08 de febrero de 2019·3 min de lectura
CS revocó sentencia y acoge protección contra compañía de seguros por no indemnizar a una asegurada gastos a causa del diagnóstico de hernia del núcleo pulposo.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago y acogió la acción de protección deducida en contra de Metlife Chile Seguros de Vida S.A. por cuanto ésta rechazó indemnizar a la recurrente los gastos en que incurrió con motivo de las prestaciones médicas brindadas bajo el diagnóstico de “Hernia del Núcleo Pulposo”, argumentando que se trataría de una patología preexistente no declarada.

La recurrente estimó haberse vulnerado la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad.

En su sentencia, el máximo tribunal indicó que, del examen de la sucesión de los hechos y actos jurídicos, se desprende que la declaración de salud suscrita tuvo lugar el 20 de julio de 2016. Sin embargo, la confirmación diagnóstica de la Hernia del Núcleo Pulposo a la que se vinculan los gastos cuyo reembolso ha sido denegado, se produjo con posterioridad, el 7 de noviembre de 2017. Siendo ello así, no se cumple el requisito de la preexistencia previsto en el citado artículo 591 del Código de Comercio, pues a la fecha de la declaración no existía un diagnóstico médico fidedigno que diera certeza a la preexistencia de la enfermedad.

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