Recurso de protección acogido.
Escolares de Caldera que quedaron sin matrícula son amparados por la Corte de Copiapó.
El tribunal estableció que, sin perjuicio de no contar con la cobertura directa del recurso de protección, el derecho a la educación no puede desconocerse, más si en el caso va enlazado al derecho de igualdad ante la ley.

La Corte de Copiapó acogió la acción de protección interpuesta contra el Servicio Local de Educación Pública de Atacama y la SEREMI de Educación de esa región, por no generar las matrículas escolares a 66 niñas, niños y adolescentes de la comuna de Caldera.
La Alcaldesa de Caldera, en representación del municipio, dedujo recurso de protección en contra de los referidos órganos públicos, por dejar sin matrícula a 66 jóvenes, quienes no pudieron iniciar regularmente el año escolar, a consecuencia de la conducta omisiva de las recurridas, vulnerando así sus derechos fundamentales de igualdad ante la ley, a la educación y a la libertad de enseñanza.
Agrega en su libelo que las condiciones de los colegios de la comuna impiden un buen desarrollo de la tarea educativa, ya que no cumplen con los estándares mínimos de salubridad, alimentación e infraestructura.
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