Comisión Especial.
Obras de relleno que provocan una zanja en una vía de acceso a vecinos de un sector, es un acto de autotutela ilícita resuelve la Corte Suprema.
No resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para dirimir alguna disputa que pudiese existir con el actor.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Puerto Montt y acogió el recurso de protección interpuesto por un propietario en contra del vecino de un terreño colindante que realizó obras de relleno, las cuales provocaron una zanja en la calle de acceso a su domicilio dificultando de forma grave el tránsito y desplazamiento hacia el exterior.
El actor explica que el recurrido el 2 de enero del 2022 comenzó a efectuar obras de relleno y acopio de áridos en la prolongación de calle Arica (comuna de Castro, Región de Los Lagos), lo que originó una zanja que pasa por el portón de su vivienda, camino que presumiblemente no pertenece a un particular y por el cual transitan los vecinos del sector hace más de 30 años, reconociéndolo la Municipalidad de Castro, desde el año 1992, como una calla de libre tránsito.
Añade que la intención del recurrido de construir un muro o cerco en el referido sitio impediría que tenga acceso a la vía pública, pues únicamente puede acceder a su predio por prolongación de calle Arica (al finalizar las obras no podría ingresar a su propiedad). Puntualiza que en la actualidad dada la presencia de la zanja le resulta extremadamente dificultoso abrir el portón de su inmueble.
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