Recurso de amparo acogido.
Orden de detención en contra de imputado que no compareció a audiencia porque al momento de practicarse las notificaciones se encontraba fuera del país, se deja sin efecto por la Corte de La Serena.
La orden de detención despachada en contra del recurrente deviene en ilegal, toda vez que del mérito de los antecedentes aparece que no ha sido legalmente citado a la presencia judicial.

La Corte de La Serena acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Ovalle, que dictó una orden de detención en contra del imputado por no haber comparecido a la audiencia de procedimiento simplificado.
El recurrente alegó que, con fecha 03 de noviembre del presente año, se llevó a cabo la audiencia de procedimiento simplificado por el delito de conducción en estado de ebriedad para posteriormente el tribunal dictar una orden de detención en contra por no haber comparecido, sin embargo, nunca fue notificado personal ni subsidiariamente, produciéndose con ello una nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, ya que hace tres años reside en Paraguay, registrando como última salida desde Chile el 6 de septiembre de 2022, por lo que resulta imposible que las dos notificaciones o intentos de búsquedas de fecha 6 y 21 de octubre del año en curso hayan existido.
Estima que se afecta su libertad personal, ya que a pesar de los vicios en el proceso el tribunal mantuvo vigente la orden de detención una vez que se presentó por escrito el incidente de nulidad procesal.
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