Diario Constitucional

Recurso de amparo acogido.

Prisión preventiva decretada vía exhorto es ilegal por no haber sido precedida de la correspondiente audiencia, resuelve Corte de Valparaíso.

Este tribunal ha actuado en el ámbito de su competencia, obró dentro de sus facultades legales, llevando a cabo una práctica judicial reiterada en el tiempo que es cuestionada por primera vez ante este juez, informa el recurrido.

Por Redacción·06 de agosto de 2023·2 min de lectura
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La Corte de Valparaíso acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de esa ciudad que decretó la prisión preventiva, vía exhorto, en contra de una imputada por el delito frustrado de hurto simple.

El recurrente alegó que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, ya que con ocasión de que la imputada no compareció a la audiencia de juicio oral simplificado, el tribunal decretó orden de detención y el Juzgado de Garantía de Santiago que controló la detención dispuso su ingreso a prisión preventiva por haber sido ordenado por el recurrido vía exhorto, en circunstancias que la medida cautelar debió haber sido determinada en audiencia, previo debate, como bien lo dispone el artículo 142 del Código Procesal Penal.

El recurrido informó que en virtud del artículo 33 del Código Procesal Penal, “(…) la imputada no se encuentra sometida a prisión preventiva con infracción a la Constitución o las leyes, por cuanto este tribunal ha actuado en el ámbito de su competencia, obró dentro de sus facultades legales, llevando a cabo una práctica judicial reiterada en el tiempo que es cuestionada por primera vez ante este juez que informa.”

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