Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Rechazo de las licencias médicas deviene en arbitrario, porque si bien el actuar de la Superintendencia se ampara en el ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, su decisión carece de la necesaria fundamentación que todo acto de la administración del Estado requiere.

Omite justificar por qué el contrato de trabajo, pago de cotizaciones previsionales y declaraciones juradas acompañadas por la recurrente, serían insuficientes para acreditar el vínculo laboral de la actora.

Por Redacción·07 de mayo de 2021·1 min de lectura
Imagen: latercera.com
Referencial

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de protección deducido por la trabajadora en contra de la decisión de la Superintendencia de Seguridad Social que rechazó sus licencias médicas.

Lo anterior, debido a que el motivo de rechazo de las licencias es que la documentación acompañada no sería suficiente para acreditar huellas laborales materiales que permitan dar por establecida la calidad de trabajadora dependiente.

Si bien el actuar de la Superintendencia se ampara en el ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, señala el fallo, deviene en la especie en arbitrario, ya que carece de la necesaria fundamentación que todo acto de la administración del estado requiere, omitiendo justificar por qué el contrato de trabajo, pago de cotizaciones previsionales y declaraciones juradas acompañadas por la recurrente, serían insuficientes para acreditar el vínculo laboral de la actora el cual se extiende desde el año 2018, transformándose así en caprichosa y carente de razones.

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