Diario Constitucional

Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Reclamos a empleadores de la actora por una deuda de arrendamiento son improcedentes y afectan su honra.

La Corte de Valparaíso ordenó a la recurrida abstenerse de enviar comunicaciones, cartas o misivas, por cualquier medio, referida al contrato de arrendamiento de la propiedad, a los empleadores de la recurrente.

Por Redacción·30 de noviembre de 2024·3 min de lectura
Reclamos a empleadores de la actora por una deuda de arrendamiento son improcedentes y afectan su honra.
Referencial

La Corte de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto por una profesora universitaria en contra de una persona que le hace imputaciones de deudora.

La profesora expuso que su empleador le informó que la recurrida se contactó con el Rector y el Contralor de la Universidad para realizar la denuncia de un problema y perjuicios que supuestamente le habría ocasionado con motivo del arriendo de una casa de su propiedad, por no haber pagado algunas rentas de arrendamiento, manteniendo con ella deudas por concepto de rentas impagas, servicios básicos, y exigiendo que la Universidad le diera sus datos personales y en especial su domicilio.

Explica que las deudas no fueron contraídas por ella, sino que, por su cónyuge, con quien está separada de hecho desde el 1 de abril del año 2022, quien es el arrendatario del inmueble desde el 1 de enero de 2004, según el contrato de arrendamiento de la propiedad.

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