Diario Constitucional

Autotutela ilícita.

Recurso de protección de médico cirujano en contra de paciente que realizó comentarios negativos en redes sociales sobre su trabajo, se admite a trámite.

Los hechos denunciados eventualmente podrían constituir vulneración de garantías constitucionales tuteladas por el artículo 20 de la Constitución.

Por Redacción·02 de enero de 2022·2 min de lectura
Imagen: kaspersky.es
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La Corte Suprema revocó la resolución dictada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección interpuesto por un médico cirujano en contra de una paciente y sus familiares, por difundir una serie de publicaciones difamatorias en redes sociales en su contra.

En su libelo, el actor explica que, a fines del mes de septiembre del año 2021 atendió a la recurrida a quien realizó una cirugía de liposucción.

Refiere que, finalizada la intervención quirúrgica la paciente le comenzó a cuestionar por qué no había utilizado el dispositivo “vaser” para su operación, cuando ello nunca fue convenido, ni cobrado. Aun así, ella, junto a sus familiares, publicaron comentarios en diferentes sitios de internet y redes sociales, a fin de desacreditarlo como profesional e imputarle resultados negativos, sin haber transcurrido 24 horas después de la operación.

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