Diario Constitucional

Recurso de amparo rechazado por Corte de Chillán.

Sin informe psiquiátrico se puede decretar la internación provisional del imputado si sufre una insuficiencia en sus facultades mentales que hacen temer que atentará contra sí o de terceros.

Cuando existen antecedentes que permiten presumir la inimputabilidad del imputado, la ley prevé la medida especial de internación provisional en el artículo 464 del Código Procesal Penal, medida que se cumplirá en un centro asistencial y en la que, en relación a la necesidad de su imposición, se demandan extremos diversos a la prisión preventiva.

Por Redacción·27 de junio de 2023·2 min de lectura
Corte Suprema ordena internación psiquiátrica para imputada con esquizofrenia
Referencial

La Corte de Chillán rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Quirihue por haber decretado la internación provisional a un imputado por el delito de lesiones graves luego de haber suspendido el procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal.

El recurrente alegó que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, ya que no procede decretar la internación provisional del imputado si no se cumple cabalmente con los requisitos establecidos por el legislador en el artículo 464 del Código Procesal Penal, esto es, el informe psiquiátrico que permita dilucidar el estado del imputado, pues dicho informe aún no ha sido remitido.

El recurrido informó que “(…) si bien el tenor del artículo 464 exige efectivamente un informe psiquiátrico para decretar la internación provisional, lo cierto es que dada la naturaleza de la medida y los antecedentes existentes desaconsejaron a la sentenciadora realizar una interpretación literal de la norma, toda vez que aquella no puede interpretarse como una mera restricción de la libertad ambulatoria del imputado, sino más bien como una forma de protección de la víctima, de la sociedad toda y del propio imputado que como bien señala la norma se estima que la medida también va dirigida a su propia protección.”

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