Corte de Antofagasta confirma fallo.
Susceptibilidad de adopción no implica discriminar a la madre si ésta no ha logrado avances significativos para el cuidado del niño pese a todas las herramientas puestas a su disposición para lograrlo.
Dado el tiempo transcurrido y las intervenciones intentadas, la madre no ha podido habilitarse para asumir el cuidado del niño, lo que, sumado a la ausencia de integrantes de la familia de origen biológica que la puedan y quieran asumir, la adopción pasa a ser el camino necesario.

La Corte de Antofagasta confirmó la sentencia del Juzgado de Familia de la ciudad que dio lugar a la solicitud de susceptibilidad de adopción de un niño, impetrada por el Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
En contra de esa decisión, la madre del niño había deducido recurso apelación solicitando el rechazo de la solicitud, desde que en su opinión la sentencia no especificaba cuál de las situaciones del artículo 42 de la Ley 16.618 concurre en la especie y, en cualquier caso, ninguno de sus presupuestos se cumple, y porque no se ha podido acreditar el consumo de drogas de su parte.
El Fiscal Judicial informó recomendando confirmar la sentencia en alzada.
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