Reparación para víctimas
Corte Penal Internacional condena a excomandante miliciano por crímenes de lesa humanidad en República Centroafricana
La Sala de Primera Instancia VI de la Corte Penal Internacional dictó veredicto condenatorio en contra de Mahamat Said Abdel Kani, excomandante de la alianza militar Séléka, al acreditar su responsabilidad penal en calidad de coautor directo de crímenes de lesa humanidad cometidos en la…

La Sala de Primera Instancia VI de la Corte Penal Internacional dictó veredicto condenatorio en contra de Mahamat Said Abdel Kani, excomandante de la alianza militar Séléka, al acreditar su responsabilidad penal en calidad de coautor directo de crímenes de lesa humanidad cometidos en la República Centroafricana entre abril y agosto de 2013. El pronunciamiento judicial confirmó su participación en detenciones ilegales, torturas, persecución por motivos políticos y otros tratos degradantes ejecutados contra personas percibidas como leales al expresidente François Bozizé.
Los hechos juzgados se desarrollaron en las dependencias de la Oficina Central de Represión del Banditismo, recinto policial ubicado en la ciudad de Bangui que quedó bajo el control operativo de la facción armada tras el derrocamiento del gobierno central en marzo de ese año. El tribunal acreditó que el mando militar ejerció funciones directas en el recinto carcelario, manteniendo pleno conocimiento e intención respecto de las prácticas de encierro forzado y tormentos sistemáticos infligidos a los prisioneros.
Durante el proceso, diversos testimonios expusieron las severas condiciones materiales que padecieron las personas privadas de libertad, quienes permanecieron en celdas hacinadas con rastros de impactos balísticos y restos hemáticos, además de un subterráneo carente de ventilación localizado bajo la oficina del mando condenado. Informes de organismos de derechos humanos consignaron igualmente el contexto de violencia generalizada desatada, que incluyó agresiones sexuales sistemáticas y secuestros en perjuicio de mujeres y niñas.
A pesar de confirmar la existencia de tormentos y ultrajes, el tribunal resolvió absolver a Mahamat Said Abdel Kani de las imputaciones formuladas a título de crímenes de guerra. Los magistrados concluyeron que el acervo probatorio aportado por la fiscalía resultó insuficiente para demostrar que tales abusos se ejecutaron con un vínculo causal directo hacia el contexto formal de un conflicto armado, elemento indispensable para configurar dicha tipificación penal según los tratados internacionales vigentes.
Al fundamentar la decisión, la jueza presidenta Miatta Maria Samba relevó las secuelas físicas, psicológicas y socioeconómicas irreversibles que los malos tratos ocasionaron a las víctimas y a sus familias. Tras la lectura de la condena, el tribunal resolvió incoar de manera simultánea la fase de reparaciones económicas y comunitarias en favor de las personas directamente afectadas por los ilícitos, conforme al marco normativo que rige el estatuto internacional.
Las partes contarán con un término de 30 días hábiles para recurrir de apelación contra el veredicto, en tanto que la fijación concreta de la pena privativa de libertad quedó programada para noviembre de 2026. Este pronunciamiento representa el primer dictamen de fondo tras la condena adoptada en octubre de 2025 contra el líder militar sudanés Ali Muhammad Ali Abd-al-Rahman, quien fue sancionado por 27 cargos de violaciones graves al derecho internacional humanitario.
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