Diario Constitucional

Agresor busca subordinar a la víctima

Corte Suprema de Perú dictamina que violencia contra la mujer es una cuestión de género y no biológica

La Corte Suprema de Justicia de Perú confirmó una condena de 16 años de prisión y el pago de una indemnización por el delito de femicidio en grado de tentativa. Los hechos ocurrieron en octubre de 2018, cuando el agresor se hospedaba en la vivienda de su expareja. Tras un reclamo doméstico de la…

Por Redacción·16 de octubre de 2026·2 min de lectura
Corte Suprema de Perú dictamina que violencia contra la mujer es una cuestión de género y no biológica
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La Corte Suprema de Justicia de Perú confirmó una condena de 16 años de prisión y el pago de una indemnización por el delito de femicidio en grado de tentativa. Los hechos ocurrieron en octubre de 2018, cuando el agresor se hospedaba en la vivienda de su expareja. Tras un reclamo doméstico de la víctima, el hombre la insultó con expresiones denigrantes.

Acto seguido, el atacante golpeó a la mujer en la boca y la sujetó del cuello para asfixiarla, aprovechando que ella sostenía en brazos a su hijo de un año. La afectada logró soltarse y huyó al primer piso para pedir ayuda, pero fue alcanzada por el agresor. Este la jaloneó para quitarle su celular y volvió a estrangularla repetidamente.

El ataque fue interrumpido por un inquilino del inmueble, quien escuchó los gritos, forcejeó con el agresor y logró liberar a la víctima antes de que llegara la policía. La defensa del acusado argumentó que las lesiones fueron leves, que no existió un riesgo vital comprobado y que carecía de intención homicida.

Sin embargo, el tribunal determinó que la asfixia en el cuello constituye un acto de ejecución homicida que genera un peligro inminente de muerte. La corte subrayó que la falta de un peritaje posterior no invalida la prueba, pues el riesgo se infiere de la zona vital atacada y la persistencia del agresor.

El fallo destacó que la violencia contra la mujer es un asunto de género fundamentado en la dominación, no una cuestión biológica o doméstica. Los magistrados concluyeron que el condenado actuó basado en el estereotipo de que la mujer debe ser sumisa frente al varón.

Además, se consideró como agravante que el intento de homicidio ocurrió frente al hijo menor de la víctima. Junto con la pena de cárcel y la reparación económica, la justicia impuso al agresor la prohibición absoluta de aproximarse o comunicarse con la víctima y sus familiares.

Vea sentencia Corte Suprema de Perú.

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