Viola pluralismo político
Justicia europea considera excesiva fianza económica impuesta a candidatos a parlamentos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que la imposición de una fianza económica desmedida como requisito para inscribir candidaturas a los comicios del Parlamento Europeo infringe el ordenamiento jurídico de la Unión. La controversia se originó luego de que la junta…

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que la imposición de una fianza económica desmedida como requisito para inscribir candidaturas a los comicios del Parlamento Europeo infringe el ordenamiento jurídico de la Unión. La controversia se originó luego de que la junta electoral de un Estado miembro rechazara la proclamación de la mayoría de los integrantes de una lista presentada por una agrupación política, fundamentando su decisión en la falta de pago del depósito monetario exigido por la normativa local para validar las postulaciones.
Ante la impugnación judicial deducida, el máximo órgano judicial de ese país elevó una consulta para verificar la compatibilidad de dicha exigencia con los preceptos comunitarios. El TJUE comenzó recordando que el derecho de los ciudadanos a votar y a ser elegidos se encuentra amparado en la Carta de los Derechos Fundamentales y materializa el principio de la democracia representativa. Aunque cada país integrante mantiene la potestad para regular los términos específicos del ejercicio del sufragio pasivo, estas condiciones deben encuadrarse siempre dentro de las normas europeas.
Las limitaciones a estos derechos únicamente son admisibles si emanan de la ley, respetan el núcleo de la facultad ciudadana y cumplen con un juicio de necesidad y proporcionalidad frente a finalidades de interés público reconocidas. El TJUE reconoció que buscar evitar candidaturas frívolas responde en teoría a un propósito legítimo para cautelar la representatividad y disminuir los sufragios dispersos. Del mismo modo, admitió que establecer una garantía pecuniaria general puede servir para que los postulantes asuman con seriedad sus aspiraciones cívicas.
Sin embargo, la resolución advirtió que la cuantía del gravamen y los mecanismos dispuestos para obtener su devolución rebasan con creces el límite de lo estrictamente necesario para alcanzar tales objetivos, volviendo arbitraria la carga impuesta a los participantes. El pronunciamiento destacó que la fianza exigida representaba más del doble de la mediana salarial del país en cuestión y quintuplicaba el monto requerido para participar en los comicios legislativos internos.
A ello se suma que el marco local no contempla aportes públicos para solventar los gastos de las campañas europeas, a diferencia de las elecciones nacionales donde sí existen fondos si se alcanza un porcentaje mínimo de respaldo. Debido a las rigurosas restricciones impuestas sobre las vías de financiamiento partidario, el pago de esta caución comprometía una porción sustancial del presupuesto de las organizaciones.
Finalmente, el tribunal subrayó que fijar un depósito tan oneroso, sumado a la exigencia de lograr al menos el 5% de las preferencias para recuperar el dinero, opera como una barrera excluyente. Estas condiciones perjudican de manera desmedida a movimientos nuevos, agrupaciones minoritarias o ciudadanos de escasos ingresos, lo que lesiona de gravedad el pluralismo ideológico amparado por los tratados comunes.
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