No viola la libertad de expresión
Tribunal de EE.UU. autoriza restricción de acceso de menores de 14 años a redes sociales en Estado de Florida
Un tribunal federal de apelaciones de EE.UU. autorizó al estado de Florida a implementar una legislación que impide a los menores de 14 años acceder a plataformas digitales de interacción social. La decisión judicial desestimó los cuestionamientos presentados por asociaciones del sector…

Un tribunal federal de apelaciones de EE.UU. autorizó al estado de Florida a implementar una legislación que impide a los menores de 14 años acceder a plataformas digitales de interacción social. La decisión judicial desestimó los cuestionamientos presentados por asociaciones del sector tecnológico, las cuales sostenían que la normativa vulneraba las cláusulas constitucionales que resguardan la libertad de expresión en el país.
El fallo revocó una medida precautoria dictada por un juzgado de instancia que mantenía paralizada la vigencia de la norma HB 3. Los jueces concluyeron que el texto legal no fiscaliza los temas ni los puntos de vista vertidos en las plataformas, motivo por el cual no transgrede las disposiciones de la Primera Enmienda.
La resolución consigna que la regulación incide sobre los servicios con independencia de los contenidos, ideas o discursos que circulen en ellos, alcanzando por igual a distintas plataformas del mercado digital. El marco normativo prohíbe que las compañías que integran mecanismos orientados a prolongar la navegación, como la reproducción automática de material audiovisual y el desplazamiento continuo de pantalla, autoricen la apertura de perfiles a menores de 14 años.
La impugnación judicial contra la ley fue promovida en 2024 por entidades gremiales de la industria tecnológica, entre cuyos integrantes figuran empresas matrices de servicios como Instagram, TikTok y Snapchat. Tras este fallo, representantes de uno de los gremios demandantes señaló que revisarán las vías procesales disponibles para resguardar las prerrogativas comunicativas de los usuarios y la facultad de las familias en la toma de decisiones.
El debate se originó tras la aprobación de la normativa dentro de una discusión general sobre la incidencia de los entornos virtuales en el bienestar de la infancia y adolescencia. Con posterioridad a su promulgación, la fiscalía estatal ejerció acciones legales en abril de 2025 contra la empresa propietaria de Snapchat, atribuyéndole el empleo de utilidades de diseño adictivas y la habilitación de perfiles a menores de 13 años, mientras que la compañía adujo una restricción indebida a las libertades de los adolescentes.
El juzgado de primera instancia había paralizado previamente la aplicación general de la norma al estimar su eventual inconstitucionalidad, decisión que fue recurrida por la autoridad estatal. Asimismo, en la causa paralela contra la referida aplicación de mensajería, el tribunal de apelaciones dejó sin efecto el rechazo previo a la petición del estado y ordenó que la controversia sea tramitada ante la jurisdicción estatal y no en el fuero federal.
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